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9 de febrero de 2010

Turismo avienta la "bolita" a Conanp, de problemática en Agua Azul

Patricia Espinosa
La Secretaría de Turismo, se deslindó de la operación y cobro doble en la zona turística “Cascadas de Agua Azul”, al mencionar que la administración del área de protección de flora y fauna, está a cargo de la Comisión Nacional de áreas Naturales Protegidas (Conanp).
Así lo señala el documento de recurso de revisión 02-B/2008 del Instituto Acceso a la información Pública, que menciona que la “Secretaría de Turismo, no tiene la competencia y facultad para permitir o negar a la población ejidal cobro por ingresar o transitar hacia las cascadas de Agua Azul”.
El documento, específica que el camino al centro turístico, a partir del desvío de la carretera Palenque-San Cristóbal, se encuentra dentro del sistema de tierras ejidales. De igual manera menciona que no se tiene la certeza de la instancia federal o estatal que tiene competencia respecto del asunto que se trata.
Y es que con fecha 29 de abril de 1980, por decreto del ejecutivo federa y por causas de interés público, las “Cascadas de Agua Azul”, localizadas en el municipio de Tumbalá, fueron declaradas zona de protección forestal y de la fauna silvestre.
Por acuerdo de ejecutivo federal se 7 de junio de 2000, se recategorizó la clase de la reserva, acorde con la legislación vigente respecto a las superficies que fueron objeto d diversas declaratorias de áreas naturales protegidas, emitidas por el ejecutivo federal.
Determinándose que la zona de protección forestal y refugio de la fauna silvestre “Cascadas de Agua Azul” con una superficie de dos mil 580 hectáreas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 1980, tendría carácter de área de protección de flora y fauna.
Como consecuencia de ello, la administración la zona turística reconocida a nivel nacional e internacional, se encuentra a cargo de la Conanp que administra 161 áreas naturales de carácter federa, que representa un total de 22 millones 712 mil 284 hectáreas dentro del territorio nacional, como objetivo principal instrumentar elc obro de derechos por uso o aprovechamiento recreativo de las ANP para apoyar la operación no básica, infraestructura y sostenibilidad financiera.

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